Vida con diabetes
Condiciones del seguro
Documento ficticio para una demostración. Tu aseguradora, S.A. no existe y esto no es una oferta real.
1. Quién es quién
- Tu aseguradora, S.A. es la aseguradora.
- El tomador es la persona que contrata y paga el seguro. También es el asegurado: la persona cuya vida cubre el seguro.
- Los beneficiarios reciben el capital si el asegurado fallece. Son sus herederos legales, o hasta 3 personas que el tomador elige, con el porcentaje de cada una. Los porcentajes suman 100 %.
2. Qué cubre
Fallecimiento. Si el asegurado fallece durante la duración del seguro, pagamos el capital asegurado a los beneficiarios.
Incapacidad permanente absoluta. Si la Seguridad Social (INSS) reconoce al asegurado una incapacidad permanente absoluta durante la duración del seguro, le pagamos a él el capital asegurado.
- No hay periodo de carencia ni franquicia.
- El pago máximo es el capital asegurado que figura en la póliza.
- Pagamos una sola vez, por fallecimiento o por incapacidad, nunca por los dos. Después del pago, el seguro termina.
3. Qué no cubre
Fallecimiento:
- El suicidio durante el primer año del seguro.
- El fallecimiento causado a propósito por un beneficiario.
- La guerra y los hechos nucleares.
Incapacidad permanente absoluta:
- Las lesiones causadas a propósito.
- La incapacidad causada por abuso de alcohol o drogas.
- La guerra y los hechos nucleares.
4. Duración
- El seguro empieza el día de la contratación, cuando recibimos el primer pago.
- Dura los años que figuran en la póliza: 10, 15, 20 o 25.
- Termina al final de ese plazo, o antes si pagamos el capital.
5. Prima y pago
- La prima es mensual y en euros. Depende del capital, de la duración y de si el asegurado fuma.
- No se añaden impuestos: el seguro de vida está exento del impuesto sobre las primas de seguros.
- El tomador paga cada mes con tarjeta o con domiciliación SEPA.
- Vivarango es un programa opcional. Según el nivel del asegurado, puede bajar la prima al renovar, hasta un 25 %. La prima nunca sube por Vivarango.
6. Cómo pedir el pago
Por fallecimiento, los beneficiarios nos envían:
- El certificado de defunción.
- Un certificado médico con la causa del fallecimiento.
- El DNI o NIE del asegurado y de cada beneficiario.
- Los datos bancarios de cada beneficiario.
- Si los beneficiarios son los herederos legales: el certificado de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos.
Por incapacidad permanente absoluta, el asegurado nos envía:
- La resolución del INSS que reconoce la incapacidad.
- Los informes médicos.
- Su DNI o NIE.
- Sus datos bancarios.